Aumento de la paternidad.

28/03/2019
Laboral

Una reciente norma ha aumentado la duración de la suspensión del contrato por paternidad. ¿Qué debe saber al respecto?

Una reciente norma ha aumentado la duración de la suspensión del contrato por paternidad. ¿Qué debe saber al respecto?

A partir de abril. Si uno de sus trabajadores tiene un hijo a partir del 1 de abril de 2019, tendrá derecho a disfrutar de la suspensión de su contrato por paternidad durante ocho semanas (si hubiera tenido el hijo antes de esa fecha, la paternidad sería de cinco semanas). De esas ocho semanas, las dos primeras se deben disfrutar de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. ¡Atención!  La paternidad todavía será más larga a partir de 2020. En concreto:

  • A partir del 1 de enero de 2020, la duración será de 12 semanas, de las cuales las cuatro primeras se deberán disfrutar tras el parto.
  • A partir del 1 de enero de 2021, la paternidad será de 16 semanas (misma duración que la maternidad), de las cuales las seis primeras se deberán disfrutar tras el parto.

Disfrute restante. Una vez su empleado haya disfrutado de los períodos obligatorios tras el parto (dos semanas en 2019, cuatro en 2020 y seis en 2021), tenga en cuenta:

  • El afectado podrá optar por disfrutar el resto de la paternidad de forma seguida, o bien por períodos semanales hasta que su hijo cumpla 12 meses. Apunte.  En todo caso, deberá comunicar a su empresa con una antelación mínima de 15 días el disfrute de cada período semanal (o el disfrute acumulado de dichos períodos).
  • Asimismo, previo acuerdo con su empresa (por lo que usted puede oponerse), el disfrute del resto de la paternidad podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. Apunte.  Por ejemplo, si su empleado tiene un hijo en abril, deberá disfrutar de dos semanas de paternidad tras el parto, pudiendo disfrutar de las seis siguientes a razón del 50% si así lo pactan. En tal caso, prestará sus servicios a razón del 50% durante doce semanas cobrando la prestación por el 50% de tiempo restante.

Sin permiso retribuido. Como ve, la paternidad se inicia de forma inmediata tras el parto. Apunte.  Ello implica que el permiso retribuido de dos días que existía por nacimiento de hijo (a cargo de la empresa) se ha derogado, por lo que su empleado ya no lo podrá disfrutar.

La paternidad será de ocho semanas durante 2019, de 12 semanas durante 2020 y de 16 semanas a partir del año 2021.