Subvenciones para la contratación de personas jóvenes

10/01/2022
Subvenciones

Plazo solicitudes: empieza el 31-12-2021 a las 9:00 horas y finaliza el día 31-03-2022, a las 15:00 horas.

Plazo solicitudes: empieza el 31-12-2021 a las 9:00 horas y finaliza el día 31-03-2022, a las 15:00 horas.

Objeto: subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes y contratación en prácticas de personas jóvenes en situación de paro para empresas y cooperativas de trabajo asociado, previstas a la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y de la contratación de personas en situación de paro.

Beneficiarias: las personas o entidades constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña que prevé la base 3.1, letras c y e del anexo 1 de la Orden EMT/214/2021:

- Las cooperativas de trabajo asociado.

- Personas físicas o jurídicas privadas, y las comunidades de bienes, con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo.

Quedan excluidas las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro (asociaciones y fundaciones)

 No pueden ser beneficiarias las agencias de colocación, las empresas de inserción ni las empresas de trabajo temporal.

Cuantía: módulo económico mensual es de 1.473,71 €.  En consecuencia, la subvención de las contrataciones previstas en esta Resolución es de 17.684,52 € para un contrato de 12 meses.

La referencia utilizada en la determinación de la cuantía es el SMI para 2021 (RD 817/2001, de 28 de septiembre) e incluye los conceptos de gasto previstos en la base 9.3 de la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre.

La cuantía del módulo económico diario es de 48,45 euros. 

El número de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria para esta convocatoria de subvenciones, no puede ser superior a 5 ni superar el 50% de la plantilla de la entidad beneficiaria, excepto cuando se trate de una persona física o jurídica que tenga hasta 1 persona contratada. En este supuesto, el número de contratos subvencionables será, como máximo, 1

  • CONTRATACION EN PRÁCTICAS DE PERSONAS JÓVENES EN SITUACIÓN DE PARO

Convocatoria anticipada 2022: RSL EMT/3862/2021 (DOGC 30-12-21)

Las solicitudes deben presentarse en los lugares, por los medios y con la documentación a la que hacen referencia las bases, buscando el trámite Fomento de la contratación en prácticas de jóvenes en situación de paro (SOC contratación prácticas)

Actuaciones subvencionables:  se considerarán actuaciones subvencionables los contratos de la modalidad de contrato en prácticas y con una duración mínima de un año en jornada a tiempo completo.

Personas destinatarias: para esta convocatoria las personas destinatarias de los contratos de trabajo subvencionados deben ser personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, y deben cumplir los siguientes requisitos específicos:

  1. a) Estar inscritas en la Oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Empleo de Cataluña como personas demandantes de empleo no ocupadas (DONO) y con capacidad para formalizar un contrato de trabajo en prácticas en el momento de su firma.

 

  1. b) Acreditar la posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, o de un certificado de profesionalidad, que les habiliten para el ejercicio profesional, así como cumplir los requisitos que exige la modalidad del contrato de trabajo en prácticas.


Todos los requisitos y las condiciones deben poderse acreditar el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato.


Las entidades beneficiarias pueden buscar y seleccionar a la persona trabajadora destinataria de la ayuda mediante una oferta de empleo presentada en una oficina de Trabajo de la Generalitat o mediante sus recursos propios, de acuerdo con las condiciones exigidas en la base 6 del anexo 1 de la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre. El Servicio Público de Empleo de Cataluña comprobará de oficio, el cumplimiento de las condiciones que exige esta base, de forma previa al otorgamiento de la subvención

Plazo de ejecución: Las acciones subvencionables pueden iniciarse un mes antes de la publicación de esta convocatoria y hasta el 28 de febrero de 2022 y deben finalizar como máximo el 27 de febrero de 2023.

Sin perjuicio que este último plazo se vea afectado por los supuestos de interrupción de los contratos en prácticas regulados en el artículo 11.1b del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

 

  • CONTRATACIÓN PERSONAS JÓVENES EN SITUACIÓN DE PARO

Convocatoria anticipada 2022: RSL EMT/3861/2021 (DOGC 30-12-21)

 Las solicitudes deben presentarse en los lugares, por los medios y con la documentación a la que hacen referencia las bases, buscando el trámite Fomento de la contratación de jóvenes en situación de paro (SOC Contratación)

Actuaciones subvencionables:  se considerarán actuaciones subvencionables los contratos de cualquiera de las modalidades de contratación laboral vigentes, excepto el contrato en prácticas y el contrato de formación y aprendizaje y con una duración mínima de un año en jornada a tiempo completo.

 Personas destinatarias: deben ser personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, y deben cumplir los requisitos específicos siguientes:


  1. a) Estar inscritas en la Oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Empleo de Cataluña como personas demandantes de empleo no ocupadas (DENO) y con capacidad para formalizar un contrato de trabajo en el momento de su firma.

  2. b) Cumplir los requisitos que exija la modalidad del contrato de trabajo que se suscriba de entre los tipos de contrato vigentes, excepto el contrato en prácticas y el contrato de formación y aprendizaje.

Todos los requisitos y las condiciones deben poderse acreditar el día hábil laborable inmediatamente anterior al inicio del contrato.


Las entidades beneficiarias pueden buscar y seleccionar a la persona trabajadora destinataria de la ayuda mediante una oferta de empleo presentada en una oficina de Trabajo de la Generalitat o mediante sus recursos propios, de acuerdo con las condiciones exigidas en la base 6 del anexo 1 de la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre. El Servicio Público de Empleo de Cataluña comprobará de oficio, el cumplimiento de las condiciones que exige esta base, de forma previa al otorgamiento de la subvención

Plazo de ejecución: Las acciones subvencionables que prevé esta Resolución pueden iniciarse un mes antes de la publicación de esta resolución de convocatoria y hasta el 28 de febrero de 2022 y deben finalizar como máximo el 27 de febrero de 2023.