Esta actuación está subvencionada por el SOC, y financiada por el Fondo Social Europeo como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19
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Obligaciones fiscales del mes de Octubre.
09/10/2019
Obligaciones fiscales del mes de Octubre.
Obligaciones fiscales mes de OCTUBRE 2019, hasta el LUNES día 21:
- Renta y Sociedades. Presentación Liquidaciones y autoliquidaciones del TERCER TRIMESTRE: Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 130, 131, 136 y 202
- Por último, IVA. Presentación Liquidaciones y autoliquidaciones del TERCER TRIMESTRE: Modelos 303, 322, 340, 380, 349
Obligaciones fiscales mes de OCTUBRE 2019, hasta el JUEVES día 31:
- Declaración informativa de la cesión del uso de viviendas con fines turísticos del TERCER TRIMESTRE: Modelo 179
DOMICILIACIÓN DE LOS PAGOS
Finalmente, recordar que la solicitud de domiciliación de las liquidaciones que salgan a pagar habrá que tramitarse:
- Hasta el día 16 para TODOS los modelos
LOS DIFERENTES TIPOS DE PRESENTACIONES PUEDEN SER:
La obligación de presentar las autoliquidaciones periódicas puede ser de carácter:
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2014 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME).
FORMAS DE PRESENTACIONES
Por último, es posible elegir entre las diversas formas de presentación de cada modelo, salvo que se establezca la obligatoriedad de utilizar alguna:
- Electrónica, con DNI electrónico,certificado electrónico, PIN 24 horas, Cl@ve PIN, o con un número de referencia.
- Soporte directamente legible por ordenador.
- Telemática por teleproceso, sólo para los modelos 185 y 186.
- SMS, sólo para los modelos 390 y 347 de comunidades de propietarios.
- Además, se podrá hacer por impreso convencional (pre-impreso) o generado mediante el servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
- Recuerde que todos los contribuyentes que deban presentar los siguientes modelos están obligados a hacer la presentación por Internet: 034, 039, 108, 202, 216, 230, 322, 353, 360, 361, 367, 368, 410, 430, 480, 576, 714 (junto al modelo 100), 720 y 763. Y también para menos de 10 millones de registros, en los modelos: 159, 170, 171, 181, 187, 189, 192 y 196.