No se olvide de periodificar.

26/02/2020
Fiscal

Al cerrar las cuentas de 2019, no deje gastos por contabilizar. Aunque los gastos de un año también pueden contabilizarse y deducirse en el siguiente, computarlos en el ejercicio correcto le permitirá obtener ahorros financieros.

Al cerrar las cuentas de 2019, no deje gastos por contabilizar. Aunque los gastos de un año también pueden contabilizarse y deducirse en el siguiente, computarlos en el ejercicio correcto le permitirá obtener ahorros financieros, ya que el menor pago en el Impuesto sobre Sociedades se producirá un año antes.

En este sentido, esté especialmente atento a los gastos que a 31 de diciembre ya se hayan devengado, pero que todavía no se hayan pagado, y periodifíquelos. Por ejemplo:

  • Si el año pasado su empresa percibió algún préstamo cuyos intereses deberá satisfacer en 2020, al cerrar las cuentas de 2019 contabilice un gasto por los intereses que ya se hayan devengado en la fecha de cierre.
  • Si en su empresa las pagas extras se devengan a lo largo del año (una doceava parte cada mes), contabilice la parte de cada una de las pagas extras a satisfacer en 2020 devengada a final de año.

Asimismo, analice también los ingresos, ya que puede ser que alguna partida que haya sido contabilizada como ingreso sea verdaderamente un anticipo. Por ejemplo, si su empresa ha cobrado todos los honorarios por unos trabajos que a 31 de diciembre sólo se han finalizado en un 60%. En ese caso, su empresa podrá contabilizar el 40% restante como un anticipo, e imputarlo como ingreso en 2020, cuando esa parte del trabajo se realice.