Líneas de Financiación ICO 2020.

22/01/2020

El Instituto de Crédito Oficial ha puesto en marcha las LÍNEAS DE FINANCIACIÓN ICO 2020 para los AUTÓNOMOS Y EMPRESAS.

El Instituto de Crédito Oficial ha puesto en marcha las LÍNEAS DE FINANCIACIÓN ICO 2020 para los AUTÓNOMOS Y EMPRESAS.

La línea ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2020 destinada a los autónomos y empresas que realicen su actividad empresarial en España, con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero, para financiar proyectos de inversión y/o cubrir necesidades de liquidez.

La financiación se podrá destinar a proyectos de INVERSIÓN y/o a las necesidades generales de la actividad, entre otros: las necesidades de liquidez para afrontar los gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, o compra de mercancía, etc. También se pueden subvencionar las necesidades tecnológicas, los activos fijos productivos nuevos o de segunda mano, los vehículos turismo e industriales, la adecuación y reforma de instalaciones y la adquisición de empresas. El importe máximo del préstamo es de 12,5 millones de €, en una o varias operaciones por cliente y año.

También pueden solicitar financiación a través de esta línea, los particulares y comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para la rehabilitación de vivienda o edificios y/o la reforma de sus elementos comunes.

Los plazos de amortización serán de 1 a 6 años, con la posibilidad de hasta 1 año de carencia de principal, de 7 a 9 años con hasta 2 años de carencia, y de 10 a 20 años con hasta 3 años de carencia.

La LÍNEA ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2020 permite financiar inversiones realizadas a España o fuera del territorio nacional y/o cubrir necesidades de liquidez que cuenten con el aval de una SGR o SAECA.

Se mantiene la línea ICO CRÉDITO COMERCIAL 2020 destinada a autónomos, emprendedores y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional o cubrir los costes previos de producción y elaboración de los bienes o servicios objete de venta a España (prefinanciación). Se podrán anticipar las facturas con fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar de la fecha de la firma de la operación. Se podrá financiar hasta el 100%, siempre que no supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vive por cliente y año, en una o varias operaciones. Cuando las facturas proceden de las ventas fuera del territorio nacional se utilizará la línea ICO EXPORTADORES 2020.

La línea ICO INTERNACIONALIZACIÓN 2020 en su tramo I “inversión y liquidez”, orientada a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas, incluyendo las domiciliadas en España, y las domiciliadas en el extranjero que tienen como mínimo un 30% de capital de empresa española, que realicen inversiones productivas fuera del territorio nacional, incluida la adquisición de empresas y la creación de empresas en el extranjero, la adecuación y reforma de instalaciones, y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez.

La línea ICO INTERNACIONALIZACIÓN 2020 en su tramo II “exportadores mediano y largo plazo”destinada a financiar las empresas con domicilio social a España o con domicilio fuera de España con “interés español” para la venta de bienes o servicios, nuez o de segunda mano, con aplazamiento de pago a empresas con domicilio social fuera de España (Crédito Suministrador), o destinada a financiar empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición de bienes o servicios exportados por empresas con domicilio social en España o con domicilio social fuera de España con “interés español” (Crédito Comprador).

Se mantiene la línea ICO CANAL INTERNACIONAL 2020 destinada a autónomos, emprendedores y empresas, domiciliadas a España o en el extranjero con “interés español” para financiar operaciones de inversión y liquidez y operaciones de exportación a media y largo plazo. La tramitación de las operaciones se realizará directamente a través de las instituciones financieras internacionales con las que el ICO subscriba acuerdos de colaboración o de sus entidades colaboradoras en caso de que desarrolle este esquema de funcionamiento.

Para ampliar información sobre alguna/se de las líneas pueden consultar con los bancos y cajas, que tienen subscrito convenio de colaboración con el ICO.