Devolución de IVA

18/09/2018

Si usted es propietario de un comercio y muchos de sus clientes son turistas de fuera de la UE, tienen derecho a la devolución del IVA por compras de bienes de más de 90,15 euros (IVA incluido).

Usted es propietario de un comercio y muchos de sus clientes son turistas de fuera de la UE, por lo que tienen derecho a la devolución del IVA por compras de bienes de más de 90,15 euros (IVA incluido). ¡Atención!  Pues bien, a partir de 2019, estas devoluciones sólo se podrán gestionar a través del denominado “Documento Electrónico de Reembolso” (DER):

  • Al realizar la venta, usted deberá enviar los datos a Hacienda de forma electrónica, recibiendo a continuación un DER.
  • Deberá entregar el DER al turista para que éste, al salir de nuestro país, lo diligencie de forma automática en alguna de las “máquinas de diligenciado” instaladas en puertos y aeropuertos.
  • Una vez diligenciado el DER, el turista podrá obtener la devolución del IVA a través de una entidad colaboradora (como ocurre ahora con las facturas) o remitiéndoselo a usted.

Durante 2018. Durante 2018, su empresa puede seguir gestionando las devoluciones de IVA a través del sistema tradicional (diligenciado en aduana de facturas en papel), o bien empezar a utilizar el DER. Apunte.  No obstante, consulte con su asesor para tenerlo todo preparado para poder utilizar del DER a partir del próximo año.

A partir de 2019, la devolución del IVA a turistas de fuera de la UE deberá realizarse a través del Documento Electrónico de Reembolso.