Esta actuación está subvencionada por el SOC, y financiada por el Fondo Social Europeo como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19
La nueva metodología de cálculo de la tarifa regulada de la electricidad, conocida como Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024 con el objetivo de aportar más estabilidad a las facturas de los cerca de 8,6 millones de consumidores acogidos a ella. El cambio será automático -los consumidores no tendrán que hacer nada- y se encargarán las compañías eléctricas, que aplicarán la nueva fórmula de precio de la energía en las facturas que emitan desde el 1 de enero de 2024.
Aprobada el pasado junio por el Gobierno, la reforma fija un marco transitorio por el cual el peso de la señal a plazo se incrementará entre 2024 y 2026, y acota esta tarifa a hogares y micropymes, si bien las comunidades de vecinos que cumplan con los requisitos de tensión y potencia podrán seguir beneficiándose de ella.
Hasta ahora, a esta tarifa podían acogerse quienes no estuvieran conectados a tensión superior a 1 kV y tuvieran una potencia contratada menor o igual a 10 kW. Sin embargo, con la nueva regulación esta posibilidad se restringe a las personas físicas y a microempresas, por lo que el resto de las empresas deberán cambiar su tarifa.
Atención. Recientemente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aclarado que también las comunidades de vecinos que no estén conectadas a una tensión superior a 1 kilovoltio (kV) y que tengan una potencia contratada menor o igual a 10 kW podrán seguir estando acogidas a la PVPC.
Microempresas
A estos efectos, se considera microempresa aquélla que tenga menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de negocios o balance general anual no supere los 2 millones de euros. Estas empresas podrán seguir beneficiándose de la tarifa PVPC siempre que tengan contratadas la tensión y la potencia antes indicadas y justifiquen su condición de microempresas (mediante una declaración responsable) en el momento de la solicitud o de renovación del contrato.
Si su empresa no reúne los requisitos para ser considerada microempresa, pero tiene un contrato en PVPC vigente a fecha 1 de enero de 2024, podrá seguir beneficiándose de esta tarifa hasta su vencimiento. Eso sí, en cuanto finalice:
- Deberá cambiar de tarifa y contratar el suministro con una comercializadora del mercado libre.
- De lo contrario, como penalización por no cambiar, se le aplicará el PVPC más un recargo del 20% en su factura. Este recargo también se aplicará a aquellas microempresas que no hayan certificado su condición mediante la declaración responsable.