COVID-19. Nuevas medidas en Cataluña desde el 8 de febrero de 2021

08/02/2021
Administrativo

Le informamos que en el DOGC de 6 de febrero de 2021 se ha publicado la RESOLUCIÓN SLT/275/2021, de 5 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia.

Se alargan horarios a la hostelería y se puede retomar en parte la actividad presencial en el primer curso universitario. El confinamiento será de perímetro comarcal, y no municipal como hasta ahora. Se mantiene el 30% del aforo para el comercio pequeño, que debe permanecer cerrado el fin de semana; también seguirán cerrados los centros comerciales y los establecimientos de centros comerciales de más de 400m2. Se mantiene el teletrabajo.

Le informamos que en el DOGC de 6 de febrero de 2021 se ha publicado la RESOLUCIÓN SLT/275/2021, de 5 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.

Estas medidas, mientras esté vigente esta Resolución o, si procede, la resolución que establezca su prórroga, dejan sin efecto, en todo aquello que se opongan, las establecidas en la Resolución SLT/1429/2020, de 18 de junio, por la que se adoptan medidas básicas de protección y organizativas para prevenir el riesgo de transmisión y favorecer la contención de la infección por SARS-CoV-2, así como las establecidas en el apartado 4 de la Resolución SLT/2073/2020, de 17 de agosto, por la que se adoptan medidas extraordinarias en el territorio de Cataluña para la aplicación del Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 14 de agosto de 2020, sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para la contención de la pandemia de COVID-19, modificada por la Resolución SLT/2782/2020, de 19 de agosto.

Estas medidas se entienden sin perjuicio de la vigencia de otras y, en concreto, de la Resolución SLT/2056/2020, de 11 de agosto, por la que se prorrogan las medidas especiales en materia de salud pública relacionadas con el consumo de bebidas alcohólicas para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19.

Las medidas que contiene esta Resolución son aplicables a todas las personas que se encuentren y circulen a Cataluña, así como a las personas titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en este ámbito territorial.

Las nuevas medidas aprobadas entraron en vigor el día 8 de febrero y se alargarán hasta las 00:00 horas del día 22 de febrero de 2021, sin perjuicio de la evaluación continuada del impacto de las medidas que contiene.

RESUMEN DE LAS NOVEDADES

La principal novedad es que la movilidad pasará a ser comarcal. No obstante, se recuerda que la movilidad laboral solo está permitida cuando no se puede teletrabajar y que las actividades sociales deben continuar rigiéndose bajo un máximo de 6 personas y que no sean de más de 2 burbujas de convivencia.

  • Movilidad: el confinamiento será de perímetro comarcal, y no municipal como hasta ahora.
  • encuentros sociales: Se mantiene la limitación de seis personas y dos burbujas de convivencia.
  • Restauración: se amplían los horarios de apertura. Tanto las terrazas como en el interior, podrán abrir de 7:30h a 10:30h y de 13h a 16:30h. En el resto de horarios, pueden seguir funcionando para recogida o para entrega a domicilio. Se mantienen las medidas de distancia de seguridad y el aforo.
  • Equipamientos culturales: Las librerías se consideran esenciales, podrán abrir a partir del lunes y estar abiertas los sábados. Siguen con un aforo del 50% los museos, salas de exposiciones y bibliotecas. El 50% del aforo también se mantiene para cines, teatros, salas de concierto y auditorios, donde no se pueden superar los mil asistentes.
  • Universidades: la docencia universitaria teórica seguirá en formato virtual, a excepción del primer curso, en el que se podrá reanudar parcialmente la actividad presencial. Se mantienen también las restricciones en bachillerato y educación escolar.
  • Extraescolares: Pueden abrir en formato semipresencial las escuelas de música y danza que estén certificadas por el departamento de Educación. Son escuelas de preparación para la formación reglada. Siguen suspendidas el resto de extraescolares, a menos que estén organizadas por el propio centro educativo respetando las burbujas.
  • Ámbito deportivo: los equipamientos en espacios cerrados podrán abrir con aforo al 30% y con actividades grupales limitadas a 6 personas y con uso obligatorio de mascarilla. Los espacios deportivos al aire libre permanecen abiertos con un aforo del 50% y control de acceso. Se podrán retomar las competiciones que dan acceso a categorías estatales, internacionales y profesionales.
  • Empresa: Se mantiene el teletrabajo.
  • Comercios: Se mantiene el 30% del aforo para el comercio pequeño, que debe permanecer cerrado el fin de semana; también seguirán cerrados los centros comerciales y los establecimientos de centros comerciales de más de 400m2.

Atención. Comercios. Se mantienen las restricciones. Los centros y recintos comerciales no pueden abrir, excepto los establecimientos esenciales, como los supermercados. Las tiendas de menos de 400 metros pueden abrir de lunes a viernes, pero no los fines de semana.