Subvencions per a projectes de foment de l'economia circular

24/10/2017

Els beneficiaris són empreses privades i agrupacions d'empreses privades que tinguin com a mínim un establiment operatiu ubicat a Catalunya.

Plazo solicitudes: 2 meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el DOGC. No se puede presentar más de una solicitud por proyecto.

Modelo normalizado (http://canalempresa.gencat.cat) y (http://tramits.gencat.cat).

Objeto: esta línea de subvenciones tiene por objeto el fomento de proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía más circular en Cataluña, mejorando la eficiencia en el uso de los recursos materiales y desacoplando el desarrollo económico global del consumo de recursos. 

Definición de economía circular: economía que es reparadora y regenerativa por diseño, y que tiene como objetivo mantener los productos, componentes y materiales a su utilidad y valor más altos en todo momento, distinguiendo entre ciclos técnicos y biológicos.

Beneficiarios: empresas privadas y agrupaciones de empresas privadas que tengan al menos un establecimiento operativo ubicado en Cataluña. 

No se aceptarán proyectos presentados por consultorías o ingenierías sin la participación de al menos una empresa que pueda implantar el proyecto.

Un mismo beneficiario puede presentar un máximo de dos proyectos.

Requisitos (entre otros): 
h) En caso de personas físicas empresarias, estar dadas de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.
q) Adquirir el compromiso de financiar la parte del presupuesto que no cubra la subvención solicitada.
r) Obtener las licencias o autorizaciones que correspondan para llevar a cabo los proyectos subvencionados.

Actuaciones subvencionables

• Clase A. Proyectos de implementación en el mercado de nuevos productos o servicios de las categorías siguientes:

1. Ecodiseño de productos o servicios que promueva una prevención de residuos a lo largo del ciclo de vida, a excepción de los proyectos que se centran exclusivamente en la reducción de residuos en la etapa de fabricación, los cuales son objeto de la Orden de subvención para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales. 
Ejemplos: productos desmaterializados, multifuncionales, fabricados con materiales reciclados, de larga vida, reparables, reciclables, modulares y actualizables, modelos de negocio de Servitización, etc.
2. Reutilización de productos.
3. Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-back schemes).
4. Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua.
5. Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
6. Nuevos procesos o tecnologías que permitan valorizar residuos que actualmente no se están valorizando, o que aumenten el rendimiento y/o la calidad de operaciones existentes de valorización de residuos de terceros.
7. Minería de vertederos para la recuperación de materiales.

• Clase B. Estudios de obtención y testeo de prototipos o proyectos demostrativos de nuevos productos o servicios, de las siguientes categorías:

1. Ecodiseño de productos o servicios que promuevan la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua, a excepción de los proyectos que se centran exclusivamente en la reducción de residuos en la etapa de fabricación, los cuales son objeto de la Orden de subvención para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales. Ejemplos: productos desmaterializados, multifuncionales, fabricados con materiales reciclados, de larga vida, reparables, reciclables, modulares y actualizables, modelos de negocio de Servitización, etc.
2. Reutilización de productos.
3. Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizar, remanufacturar o reciclarlos (take-back schemes).
4. Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua.
5. Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
6. Nuevos procesos o tecnologías que permitan valorizar residuos que actualmente no se están valorizando, o que aumenten el rendimiento y/o la calidad de operaciones existentes de valorización de residuos de terceros.
7. Minería de vertederos para la recuperación de materiales.

Las clases son excluyentes entre sí. Un mismo proyecto no puede ser de clase A y B a la vez.


No serán subvencionables las actuaciones iniciadas con anterioridad a la solicitud de ayuda, ya que no tienen un efecto de incentivo ni propician un cambio de comportamiento ambiental del beneficiario.

El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención será de 24 meses a contar desde la fecha de la resolución de otorgamiento de la subvención.

Un mismo proyecto no podrá presentarse simultáneamente en más de una convocatoria de la Agencia de Residuos de Cataluña. 

Cuantía: máximo del 75% de los gastos objeto de la ayuda para pymes o del 50% si el beneficiario no es pyme, con un máximo de 30.000 euros por proyecto.

El gasto mínimo, realizado y justificado, de la actividad subvencionada exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la subvención es del 50% de los gastos subvencionables incluidos en el proyecto presentado. En el caso de proyectos presentados por agrupaciones de empresas, adicionalmente, es necesario que cada una de las entidades beneficiarias haya cumplido el 50% de sus gastos subvencionables solicitados. El incumplimiento del gasto mínimo establecido conllevará la revocación de la subvención otorgada.

Gastos subvencionables: los que, de manera inequívoca, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para esta, y se realicen en el plazo y las condiciones que determinan estas bases reguladoras.

En concreto, se consideran gastos e inversiones subvencionables:

a) Las analíticas y los ensayos directamente relacionados con la calidad ambiental del producto o servicio o su aptitud para el uso.
b) El alquiler de equipos.
c) La compra de equipos, solo en el caso de proyectos de clase A. Solo será subvencionable el coste imputable al plazo de ejecución del proyecto, el cual deberá estar debidamente justificado.
d) Los costes de consumibles y materiales.
e) El personal propio: exclusivamente las personas y el tiempo dedicado a la coordinación y ejecución del proyecto subvencionado.
f) Las actividades de consultoría y/o ingeniería necesarias para la ejecución del proyecto.
g) La elaboración del informe de resultados de viabilidad técnico-económico ambiental.
h) Gastos indirectos. Podrán ser subvencionables los gastos generales y los costes indirectos hasta un máximo del 5% del presupuesto total subvencionable del proyecto, sin necesidad de justificación.

No se considerarán subvencionables los siguientes conceptos:

a) El IVA y otros impuestos indirectos.
b) Las modificaciones periódicas y normales de productos o servicios que no supongan una mejora de la calidad ambiental.

Los beneficiarios podrán subcontratar la actividad objeto de subvención con el límite del 80%.